Cambios a la legislación fiscal sobre la retención de ISR para personas físicas en México
A partir del 1 de enero de 2026 entran en vigor cambios a la legislación fiscal en México que regulan a las plataformas digitales que intermedian la venta de bienes o servicios en territorio nacional. Esta regulación aplica a todas las boleteras y plataformas de venta de boletos cuyos eventos se lleven a cabo en México, sin excepción alguna, independientemente de la marca o del modelo de operación, e introduce nuevas reglas en materia de retención de ISR para personas físicas.
Boletia, como plataforma digital intermediaria, está obligada a aplicar estas disposiciones conforme a lo establecido por las autoridades fiscales mexicanas. No se trata de una política interna ni de una decisión comercial, sino de una obligación legal que aplica a toda la industria.
Cualquier plataforma que no aplique las retenciones establecidas por ley estaría incurriendo en un incumplimiento fiscal, lo que puede generar consecuencias y sanciones para las partes involucradas.
En cumplimiento con lo anterior, la retención de ISR para personas físicas que vendan a través de Boletia se actualizará del 1% al 2.5% sobre el monto de sus ventas.
Esta retención se calcula sobre los ingresos efectivamente percibidos, seguirá reflejándose en tus reportes de dispersiones y constituye una retención a cuenta de tus impuestos que podrás acreditar en tus declaraciones con el SAT.
La retención no representa un ingreso para Boletia. Es un monto que la plataforma debe retener y enterar directamente al SAT, conforme al artículo 113-A de la Ley del ISR.
Fundamento Legal
Ley de Ingresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2026