A partir del 1 de junio de 2020, debido a un nuevo decreto nacional, se aplicarán retenciones de Impuesto Sobre la Renta (ISR) y de Impuesto al Valor Agregado (IVA) en tus ventas a través de internet de cualquier plataforma tecnológica ya sea que esta tenga su residencia en el país o en el extranjero, siempre que:
- Seas una persona física.
- Enajenes bienes o servicios por internet mediante plataformas tecnológicas que operen como intermediarios de dichas actividades.
- El servicio se preste en territorio nacional.
Serán alcanzadas por esta retención todas las ventas que realicen personas físicas en Boletia.com o Neerme.tv.
Las operaciones realizadas con Boletia que no estén relacionadas a la intermediación entre el oferente y el demandante no serán alcanzadas por la retención (boletos físicos, ATV, etc.).
Derivado de esto, cada que se haga una retención en tus eventos de esta índole, Boletia emitirá un CFDI de retenciones, el cual es completamente deducible de impuestos.
En caso de que desees verificar más información sobre este documento, puedes contactarte al correo administracion@boletia.com donde con gusto te atenderemos.